Interrogatorios uniformes de derecho de familia

Interrogatorios uniformes de derecho de familia

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  • Notificacion y/o aviso a la parte contraria

Los interrogatorios uniformes de derecho de familia son un conjunto de preguntas estandarizadas enviadas por una de las partes a una parte contraria (no al tribunal) con el fin de determinar los hechos y / o recopilar pruebas. La lista de preguntas es la misma en todos los casos; sin embargo, el número de preguntas que deben responderse puede diferir dependiendo de los problemas involucrados en el caso. Por ejemplo, un divorcio con hijos tendrá más preguntas aplicables que un divorcio sin hijos. Los interrogatorios uniformes de derecho de familia se referirán a:

  • Información personal
  • Información financiera
  • Cobertura y gastos de seguro médico
  • Pólizas de seguro de vida
  • Historial de violencia doméstica
  • Historia criminal
  • Propuestas de tiempo de crianza
  • Propuestas de toma de decisiones legales.

La parte debe responder a las preguntas dentro de los 40 días posteriores a la notificación del documento. Si recibe una notificación de entrega de interrogatorios de derecho de familia no uniformes de una parte contraria, es importante que responda oportunamente a las preguntas y / o solicitudes contenidas en el mismo. El no hacerlo podría resultar en sanciones por parte de la Corte. Como parte demandada, también firmará y certificará ante notario el documento, jurando y afirmando que la información contenida en el mismo es completa, precisa y correcta. Típicamente, también se requerirá que la parte que responda a los interrogatorios uniformes de derecho de familia proporcione documentación que respalde sus respuestas.

Citación

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Una citación es un documento legal firmado por el secretario del tribunal que ordena que una persona comparezca para brindar testimonio o presentar documentación o cualquier otra información que esté en su posesión, custodia o control. Este documento incluirá dónde y cuándo aparecer, así como qué documentos deben presentarse (si corresponde). Es más, existen ciertos deberes y derechos que la persona que responde a la citación debe cumplir y de los cuales debe ser informada. Por esta razón, la citación deberá describir claramente esos deberes y derechos. Una vez que el Secretario del Tribunal aprueba la citación, debe ser notificada por una persona mayor de 18 años que no sea parte en el caso con prueba de notificación (cuando corresponda), presentada ante el Secretario del Tribunal. Si una de las partes no obedece una citación, puede ser declarada en desacato al tribunal.

Memorando de la conferencia de conciliación

Memorando de la Conferencia de Arreglo

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Un Memorando de la Conferencia de Conciliación es un documento legal que se presenta al Tribunal antes de una Conferencia del Conciliación. El Memorando de la Conferencia del Conciliación contiene la posición de la parte sobre los asuntos que se abordarán en la próxima Conferencia del Conciliación. Estos son temas que las partes no han podido resolver a través de la Conferencia de Gestión de Resoluciones. El juez utilizará los memorandos de las partes para determinar las áreas en las que las partes no están de acuerdo. Dichos problemas pueden incluir:

  • Distribución de la propiedad
  • Distribución de deudas y activos
  • Toma de decisiones legales (si hay niños menores de edad involucrados)
  • Tiempo de crianza (si hay niños menores de edad)
  • Manutención de niños (si hay niños menores de edad)
  • Manutención conyugal (pensión alimenticia).

El Memorando de la Conferencia de Conciliación debe contener una breve declaración de la posición de la parte que presenta la solicitud sobre cada tema que aún está en disputa:

  • Si hay problemas de custodia, acceso o visitas en disputa, una propuesta específica para la custodia y el tiempo de crianza.
  • Si hay cuestiones en disputa con respecto a la división de la propiedad, un inventario actualizado y detallado de bienes y deudas, junto con una propuesta resumida de cada parte sobre cómo se deben dividir los bienes y activos. Si es posible, el Tribunal prefiere una declaración de una página de todos los bienes, excepto los bienes personales valorados en menos de $500 cada uno.
  • Si se solicita y se disputa la pensión alimenticia conyugal, cada parte indicará el monto y la duración de la pensión alimenticia conyugal solicitada.

Si la división de las deudas es un problema, las partes deberán preparar una lista de todas las deudas, incluido el nombre del acreedor, el monto de la deuda, el monto del pago mensual, la razón por la que se incurrió en la deuda, quién debe pagar la deuda y toda la información requerida por ARS §25-318 (H). 8. Si hay un asunto en disputa con respecto al pago de los honorarios del abogado por cualquiera de las partes, se presentará una declaración jurada de los honorarios del abogado reclamados de acuerdo con los requisitos de la Regla 78 (D), Reglas de Procedimiento de Derecho de Familia de Arizona.

Acuerdo de la Regla 69

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Cuando las partes llegan a un acuerdo sobre una cuestion o cuestiones, el acuerdo debe presentarse ante el Tribunal. Dichos acuerdos están cubiertos por la Regla 69 de las Reglas de Procedimiento de Derecho de Familia de Arizona. Un Acuerdo de la Regla 69 se puede presentar por escrito o durante un procedimiento judicial (haciendo que las partes testifiquen bajo juramento sobre sus acuerdos). Dichos acuerdos pueden cubrir cualquiera de las cuestiones del caso pendiente de derecho de familia. Según la Regla 69, los acuerdos son vinculantes para las partes si:

  • El acuerdo está por escrito y firmado por las partes personalmente o por el abogado de una de las partes.
  • Los términos del acuerdo se establecen en el expediente ante un juez, comisionado, juez pro tempore, o taquígrafo judicial; o
  • Los términos del acuerdo se establecen en una grabación de audio realizada ante un mediador o un oficial de la conferencia de conciliación designado por el Tribunal.

El incumplimiento de un Acuerdo de la Regla 69 puede resultar en sanciones por parte del Tribunal..

Regla 49 Declaración de divulgación

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Para todos los casos de divorcio/derecho de familia en el estado de Arizona, el Tribunal exige que cada parte revele obligatoriamente a la otra parte de todas las pruebas relevantes obtenidas durante su respectivo proceso de descubrimiento (determinación de hechos y recopilación de pruebas). Una Declaración de divulgación de la Regla 49 proporcionará a la parte contraria una lista de pruebas relevantes, hechos, documentos y testigos que una de las partes tiene la intención de utilizar en el momento de la audiencia. Este documento incluirá copias de las pruebas/documentos obtenidos y se enviará directamente a la parte contraria o a su abogado si están representados (no al Tribunal). Una Declaración de divulgación de la Regla 49 permitirá a la otra parte identificar rápidamente los problemas relacionados con:

  • Toma de decisiones legales
  • Tiempo de crianza
  • Manutención de los hijos
  • Disolución del matrimonio (divorcio) por separación de bienes y deudas
  • Manutención/manutención conyugal

Las pruebas/documentos proporcionados en una Declaración de divulgación de la Regla 49 pueden incluir, entre otros:

  • Documentos fiscales
  • Talones de pago
  • Correspondencia por correo electrónico
  • Registros de empleo
  • Registros comerciales
  • Contratos
  • Escrituras o títulos de propiedad inmobiliaria
  • Evidencia del valor de la propiedad
  • Estados de cuenta bancarios
  • Estados de cuenta de tarjetas de crédito
  • Facturas
  • Grabaciones telefónicas

Las Declaraciones de Divulgación de la Regla 49 vencen cuarenta (40) días calendario después de que se presente el alegato de respuesta inicial. Es más, se requerirá que todas las partes complementen sus divulgaciones a medida que se obtengan nuevas pruebas y / o información. El no revelar evidencia / información de manera oportuna puede resultar en que esa evidencia / información sea excluida en el momento de la audiencia o el juicio.

Respuesta o reacción a los Alegatos de la Parte Contraria

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Una respuesta a los alegatos de la parte contraria es su respuesta al documento de la parte contraria presentado ante el Tribunal. Una Respuesta es el documento de respuesta inicial a una moción, mientras que una Reacción es un documento de respuesta presentado a una Respuesta. Una moción, respuesta y reacción son pasos conectados en una serie de alegatos ante el tribunal. Por ejemplo:

Si: la parte “A” presenta una Moción,

Siguiente: La parte “B” presenta una respuesta a la moción,

Último: la parte “A” puede presentar una Reacción a la respuesta de la parte “B”.

Una Respuesta abordará la Moción y proporcionará la posición de la parte sobre los puntos planteados en la Moción. Esto puede incluir una refutación a cuestiones de hecho o de derecho planteadas en la moción. Una Reacción abordará los puntos planteados en la Respuesta y proporcionará la posición de la parte sobre los puntos planteados en la Respuesta. Esto puede incluir una refutación a cuestiones de hecho o de derecho planteadas en la Respuesta. Una Reacción solo debe abordar los puntos planteados en la respuesta. Una Reacción no es un lugar para volver a discutir los puntos hechos en la Moción original o para plantear nuevos problemas. Existen estrictos requisitos de tiempo en cuanto a cuándo se puede presentar una Respuesta o Racción. El incumplimiento de esos requisitos de tiempo puede resultar en que el Tribunal otorgue la moción y / o solicitudes de la parte contraria por defecto.

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