Regla 49 Declaración de divulgación
*El precio estándar no incluye las tarifas de presentación y trámite judicial, las tarifas del servicio de mensajería y las tarifas del servidor de procesos (si corresponde).
ESTANDAR
$500
- Documento(s) redactado(s) por un abogado
- Servicio Notario
- Revisiones ilimitadas
- Soporte ilimitado
- Garantia de satisfaccion del 100%
TODO INCLUIDO
$600
Todo de la Opcion Estandar +- Entrega urgente (tiempo de respuesta de 72 horas)
- Servicio de mensajeria (si corresponde)
- Tarifa de presentacion judicial (si corresponde)
- Presentacion ante el tribunal (si corresponde)
- Notificacion y/o aviso a la parte contraria
Para todos los casos de divorcio/derecho de familia en el estado de Arizona, el Tribunal exige que cada parte revele obligatoriamente a la otra parte de todas las pruebas relevantes obtenidas durante su respectivo proceso de descubrimiento (determinación de hechos y recopilación de pruebas). Una Declaración de divulgación de la Regla 49 proporcionará a la parte contraria una lista de pruebas relevantes, hechos, documentos y testigos que una de las partes tiene la intención de utilizar en el momento de la audiencia. Este documento incluirá copias de las pruebas/documentos obtenidos y se enviará directamente a la parte contraria o a su abogado si están representados (no al Tribunal). Una Declaración de divulgación de la Regla 49 permitirá a la otra parte identificar rápidamente los problemas relacionados con:
- Toma de decisiones legales
- Tiempo de crianza
- Manutención de los hijos
- Disolución del matrimonio (divorcio) por separación de bienes y deudas
- Manutención/manutención conyugal
Las pruebas/documentos proporcionados en una Declaración de divulgación de la Regla 49 pueden incluir, entre otros:
- Documentos fiscales
- Talones de pago
- Correspondencia por correo electrónico
- Registros de empleo
- Registros comerciales
- Contratos
- Escrituras o títulos de propiedad inmobiliaria
- Evidencia del valor de la propiedad
- Estados de cuenta bancarios
- Estados de cuenta de tarjetas de crédito
- Facturas
- Grabaciones telefónicas
Las Declaraciones de Divulgación de la Regla 49 vencen cuarenta (40) días calendario después de que se presente el alegato de respuesta inicial. Es más, se requerirá que todas las partes complementen sus divulgaciones a medida que se obtengan nuevas pruebas y / o información. El no revelar evidencia / información de manera oportuna puede resultar en que esa evidencia / información sea excluida en el momento de la audiencia o el juicio.